Política de Regulación de la Velocidad

Desde la alta dirección de Jesus Burgos y Cía. SAS., se garantizarán los recursos necesarios para la gestión de la velocidad segura en la prestación de sus servicios, por lo cual se determina que todos los trabajadores y/o contratistas que desarrollen actividades con rol de conductor, deben respetar y cumplir los límites de velocidad determinados por la normatividad vigente, los determinados por la organización y los clientes en las zonas y vías internas y externas.

Con base en lo anterior se establecen los siguientes lineamientos:

Jesus Burgos y Cía. SAS., realizara seguimiento y monitoreo de los límites de velocidad a través de dispositivos GPS para vehículos propios.
• Los vehículos propios o tercerizados al servicio de la Jesus Burgos y Cía. SAS., personal de conductores con vinculación laboral directa, conductores contratistas o miembros de empresas con las cuales al servicio de la Jesus Burgos y Cía. SAS., mantenga convenios de prestación de servicios, podrán exceder:
- 80 km/h en vías nacionales
- 60 km/h vías urbanas
- 30 km/h Vías rurales, residenciales y zonas escolares
- 10 km/h vías internas, parqueaderos propios de la organización o de terceros

En los casos en que, durante el tránsito por cualquiera de las vías, se presenten una o varias condiciones tales como: lluvia, escasa visibilidad, caminos en malas condiciones, superficies resbalosas u otras similares, se deberá reducir la velocidad mínima al 50% de la velocidad permitida.

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